COVID - 19 - PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A LA PRODUCCIÓN Y EL TRABAJO – Criterios técnicos del COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO – Decisión Administrativa JGM 663/2020-Recomendaciones
PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A LA
PRODUCCIÓN Y EL TRABAJO – Criterios técnicos del COMITÉ DE EVALUACIÓN Y
MONITOREO – Decisión Administrativa JGM 663/2020- Recomendaciones.
La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha decidido
adoptar las recomendaciones que formulara el COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO
DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN a través de
sus Actas Nros. 5 y 6, luego de haber analizado una serie de informes
técnicos que dan cuenta de la evolución
de diversas actividades económicas.
ANEXO 1 (reseña de las recomendaciones consideradas
como de interés).
1.- SITUACIÓN EDUCACIÓN GESTIÓN PRIVADA Y JARDINES MATERNALES –
PROGRAMA ESPECÍFICO. Se entiende que correspondería continuar con la
tramitación de las solicitudes de beneficios con relación a los
establecimientos educativos de educación no obligatoria.
2.- AMPLIACIÓN DE ACTIVIDADES- Se procedió a la reevaluación de
sectores que no fueron incorporados en actas anteriores, y respecto de las
cuales puedan advertirse caídas significativas en los niveles de actividad o
afectación general de la misma conforme diversos indicadores de su facturación
en el periodo de la emergencia (mediana, cuartiles y promedios ponderados), a
fin de ser beneficiarios del Programa, previo cumplimiento de los
correspondientes requisitos.
3- INFORMACION RELATIVA A
DETERMINADOS SECTORES. - Evaluaciones específicas realizadas.
3-1: Sector Salud: Dispuso
requerir a la Superintendencia de Servicios de Salud un informe circunstanciado
del desempeño de la actividad en el marco de la crisis sanitaria
3.2.- Sector Transporte
Requerir al MINISTERIO DE TRANSPORTE informe de los subsidios que recibe el
sector de transporte para evaluar las condiciones para ser beneficiarios en los
términos del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción
(ATP), respecto de determinadas actividades
3.3.- Actividad aseguradora: Requerir a la Superintendencia de
Seguros de la Nación un informe circunstanciado del desempeño de determinadas actividades,
en el marco de la crisis sanitaria.
CRÉDITO TASA CERO
:
1.- MONOTRIBUTISTAS – Implementación Se definió el procedimiento a
través del cual la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS podría informar
a los posibles beneficiarios que revisten impositivamente como sujetos
adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes la
disponibilidad del Crédito Tasa Cero. La implementación del crédito deberá ser
realizada a través de la tarjeta de crédito bancaria que los destinatarios que
soliciten el crédito en cuestión individualicen a través del sistema que
implemente la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. La ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS debería informar al BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA la nómina de beneficiarios que formalizaron la solicitud y los datos
aportados al efecto.
- Condición de
elegibilidad: No serán elegibles los sujetos adheridos al Régimen Simplificado
para Pequeños Contribuyentes con situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de
varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al
monto de deuda más alto.
2- AUTÓNOMOS Respecto de las personas que revistan la condición de
trabajadores autónomos el Comité procedió a intercambiar opiniones y resolvió
tratar el tema en su próxima reunión sobre la base de la información que
aportará la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
SALARIO
COMPLEMENTARIO Los beneficios correspondientes al
Salario Complementario del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la
Producción (ATP) deberían ser depositados en la cuenta bancaria de la
trabajadora o trabajador; no podrán podrá acceder a dicho beneficio de no
contarse con ella.
Es responsabilidad de la empleadora y/o empleador informar los
datos de la/s cuenta/s y CBU, y llevar a cabo la apertura de las cuentas
necesarias a tal fin. El cumplimiento de los requisitos establecidos y
adoptados en la presente deberían constituir una condición del beneficio
acordado, determinando su incumplimiento una causal de caducidad de aquél y la
consecuente obligación del beneficiario de efectuar las restituciones
pertinentes al Estado Nacional.
IMPLEMENTACIÓN
DEL ATP Con
base en las Decisiones Administrativas Nros. 483/20, 516/20, 591/20 se aconseja
instruir a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS para que proceda a
ejecutar el ATP en sus aspectos instrumentales.
SUBSANACIÓN DE
ERROR MATERIAL Atento haberse verificado un error
material en la redacción del Acta N° 4, se sustituye la redacción del Punto
3.4.- por el siguiente “3.4. Que el monto
de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el
12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso
bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado”.
ANEXO 2.- INFORME TECNICO DEL
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Analiza
la evolución sectorial de la facturación nominal interanual y el impacto de la
pandemia en determinadas actividades y servicios, a las que recomienda extender
los beneficios del ATP.
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Construcción de obras para el transporte - Movimiento de suelos y preparación
de terrenos para obras - Servicios relacionados con la construcción - Servicios
notariales - Servicios jurídicos - Servicios de arquitectura e ingeniería - Instalación,
ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas y electromecánicas - Venta minorista en kioscos - Venta minorista
de instrumental médico y odontológico - Venta de materiales para la
construcción - Venta minorista de pinturas - Venta mayorista de artículos de ferretería -
Servicios de gestión aduanera - Venta al por menor de alimentos, en comercios
especializados - Venta de helados -Venta mayorista de combustibles y
lubricantes para automotores - Producción de programas de TV - Emisión y retransmisión de TV abierta -
Gestión y logística para el transporte de mercaderías - Venta minorista de pan
y productos de panadería - Procesamiento
de datos - Elaboración de fiambres y embutidos - Captación, depuración y
distribución de agua de fuentes subterráneas - Emisión de señales de TV por
suscripción - Venta minorista de productos de almacén y dietéticas - Limpieza
de edificios - Venta minorista de productos veterinarios - Matanza de ganado bovino - Seguridad e investigación - Operadores de TV
por suscripción.