COVID - 19 - AISLAMIENTO SOCIAL Y OBLIGATORIO – Obra Privada y Profesiones Liberales

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AISLAMIENTO SOCIAL Y OBLIGATORIO –  Obra Privada y Profesiones Liberales

A través de la Decisión 625/2020, se exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, en el ámbito de las Provincias de SAN JUAN, MISIONES, NEUQUÉN, SANTA CRUZ, ENTRE RÍOS, SALTA, MENDOZA, LA PAMPA y JUJUY a las personas afectadas al desarrollo de obra privada

Por otro lado, la Decisión 622/2020 permite el ejercicio de las profesiones liberales en el ámbito de las Provincias de ENTRE RÍOS, MISIONES, SALTA, SAN JUAN, NEUQUÉN y JUJUY.

El ejercicio de las actividades precedentemente referidas se encuentra sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca

Deberán garantizarse la organización por sistemas de turno y las condiciones de higiene.

Las personas exceptuadas deberán gestionar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19.

Se faculta a las provincias para dictar las reglamentaciones, pudiendo limitar el alcance en forma total o parcial o establecer requisitos específicos para su desarrollo.

Nuestra opinión

En uso de las facultadas previstas en las decisiones, las jurisdicciones locales emitirán  las reglamentaciones pertinentes  para determinar el alcance de las actividades y los protocolos sanitarios. Estimamos prudente verificar la normativa local para su cumplimiento. Para cualquier caso consulta puntual, podrán contactarse con Adrián Furman o Melisa Romero.