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Modificaciones al Decreto No. 566/2019 que estableció el congelamiento transitorio en el precio de los combustibles

Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia No. 601/2019, publicado el 2 de septiembre de 2019 en el Boletín Oficial, se realizaron modificaciones al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 566/2019 del pasado 16 de agosto.

De acuerdo con las modificaciones, el esquema de congelamiento transitorio de precios de las naftas y gasoil estará vigente hasta el 13 de noviembre de 2019. Asimismo, el nuevo Decreto:

(i) Mantiene el precio de las entregas de petróleo crudo en aquel pactado entre las empresas refinadoras y productoras al día 9 de agosto de 2019;

(ii) Fija el tipo de cambio de referencia en AR$ 46,69/USD; lo que implica un aumento respecto del tipo de cambio de referencia anterior;

(iii) Mantiene el precio de referencia Brent de USD 59/BBL;

(iv) Limita la aplicación del precio tope de naftas y gasoil al día 9 de agosto de 2019 únicamente a las transacciones que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio);

(v) Establece la obligación de las empresas productoras, refinadoras y expendedoras de garantizar el abastecimiento interno.

Para acceder al Decreto No. 601/2019, haga click aquí.

Para acceder a una versión actualizada del Decreto No. 566/2019, haga click aquí.

Para mayor información no dude en contactarse con María Inés Corrá, Cecilia Garibotti o María Agustina Antoci Richieri.