COVID - 19 - AFIP precisa los plazos para el ingreso del monotributo y los aportes previsionales de los beneficiarios de los Créditos a Tasa Cero

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AFIP precisa los plazos para el ingreso del monotributo y los aportes previsionales de los beneficiarios de los Créditos a Tasa Cero

Mediante la Resolución General (AFIP) Nº 4732 publicada en el Boletín Oficial el 5 de junio de 2020, la AFIP establece nuevos plazos para que las entidades bancarias cancelen el monotributo o los aportes previsionales de los beneficiarios de los Créditos a Tasa Cero.

Para los monotributistas con créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurrió en el mes de mayo de 2020, los periodos fiscales a cancelar por la entidad bancaria serán junio, julio y agosto de 2020; para los que reciban el beneficio en el mes de junio de 2020, serán julio, agosto y septiembre de 2020 y para los que lo perciban en julio de 2020, las cancelaciones operaran en agosto, septiembre y octubre de 2020.

Para los trabajadores autónomos con créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurrió en el mes de mayo de 2020, los periodos fiscales a cancelar por la entidad bancaria serán mayo, junio, julio de 2020; para los que reciban en junio de 2020, serán junio, julio y agosto de 2020 y para los que lo perciban en julio de 2020, serán julio, agosto y septiembre de 2020.

Las entidades deberán efectuar la cancelación de los Volantes Electrónicos de Pago (VEPs Consolidados) a través de su red de pagos dentro de los tres días hábiles siguientes contados desde la generación, fecha en la cual expirarán