Derecho societario. Asociaciones civiles

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DERECHO SOCIETARIO. ASOCIACIONES CIVILES

El 26 de agosto de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 37/2020 de la Inspección General de Justicia que aprueba un plan de regularización de asociaciones civiles, cuyo plazo de vencimiento será el 30 de abril de 2021.

La resolución aplica a aquellas asociaciones civiles de primer grado, cuyo objeto principal sea la promoción y atención de derechos económicos, sociales y culturales de grupos vulnerables y/o comunidades étnicas que presenten condiciones de pobreza y vulnerabilidad, o la promoción y atención de cuestiones de género, o la actuación como cooperadoras de establecimientos educativos, hospitalarios u otros que provean servicios a la comunidad, clubes sociales y deportivos, centros de jubilados, bibliotecas populares, espacios culturales independientes y organismos de derechos humanos.

Dichas asociaciones deben presentar sus estados contables correspondientes a los últimos cinco vencimientos anuales operados hasta el 30 de abril de 2021, comunicar sus autoridades y, de requerirlo, rubricar libros, sin costo arancelario.

Aquellas asociaciones que se encuentren en el Registro de Entidades Inactivas y adhieran al programa de regularización serán excluidas del mismo, sin costo arancelario.

Una vez finalizado el proceso de regularización, la Inspección expedirá la certificación o testimonio que corresponda, conjuntamente con un certificado de vigencia de la entidad.

La resolución entra en vigencia a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial.

En caso de necesitar mayor información, no dude en contactarse con Patricio Martin, Florencia Pagani y/o Lucila Primogerio.