Derecho societario. Asociaciones civiles
DERECHO SOCIETARIO.
ASOCIACIONES CIVILES
El 26 de agosto de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General
Nº 37/2020 de la Inspección General de Justicia que aprueba un plan de
regularización de asociaciones civiles, cuyo plazo de vencimiento será el 30 de
abril de 2021.
La resolución aplica a aquellas asociaciones civiles de primer grado, cuyo
objeto principal sea la promoción y atención de derechos económicos, sociales y
culturales de grupos vulnerables y/o comunidades étnicas que presenten
condiciones de pobreza y vulnerabilidad, o la promoción y atención de
cuestiones de género, o la actuación como cooperadoras de establecimientos
educativos, hospitalarios u otros que provean servicios a la comunidad, clubes
sociales y deportivos, centros de jubilados, bibliotecas populares, espacios
culturales independientes y organismos de derechos humanos.
Dichas asociaciones deben presentar sus estados contables correspondientes a
los últimos cinco vencimientos anuales operados hasta el 30 de abril de 2021,
comunicar sus autoridades y, de requerirlo, rubricar libros, sin costo
arancelario.
Aquellas asociaciones que se encuentren en el Registro de Entidades Inactivas y
adhieran al programa de regularización serán excluidas del mismo, sin costo
arancelario.
Una vez finalizado el proceso de regularización, la Inspección expedirá la
certificación o testimonio que corresponda, conjuntamente con un certificado de
vigencia de la entidad.
La resolución entra en vigencia a los 15 días de su publicación en el Boletín
Oficial.
En caso de necesitar mayor información, no dude en contactarse con Patricio
Martin, Florencia Pagani y/o Lucila
Primogerio.