Defensa del Consumidor - Principios fundamentales
DEFENSA DEL
CONSUMIDOR
Principios fundamentales
El 11 de septiembre de 2020 fue publicada la Resolución Nº 310/2020 de la
Secretaría de Comercio Interior, disponiendo la incorporación al ordenamiento
jurídico nacional de la Resolución Nº 36 de fecha 15 de julio de 2019 del Mercosur,
relativa al reconocimiento de los principios que tienen por objeto tutelar al
consumidor.
La Resolución reconoce la vulnerabilidad estructural de los consumidores en el
mercado, y establece que el sistema de protección al consumidor se regirá por los
siguientes principios: (i) orden público de protección; (ii) acceso al consumo;
(iii) transparencia de los mercados; (iv) consumo sustentable; (v) protección
especial para consumidores en situación vulnerable y de desventaja; (vi) no
discriminación; (vii) buena fe; (viii) armonización; y (ix) reparación
integral.
Asimismo, establece que los Estados Partes deben: (i) adoptar medidas para
lograr progresivamente la efectividad de los derechos que se derivan de las
normas internacionales y nacionales, sin retroceder en la tutela alcanzada
(principios de progresividad y no regresión); y (ii) fomentar la confianza en
el comercio electrónico, garantizando en el ámbito de la contratación
electrónica un grado de protección que no sea inferior al otorgado en otras
modalidades de comercialización (principio de equiparación de derechos).
Por su parte, los proveedores deben: (i) reconocer y respetar la dignidad de la
persona humana (principio de respeto de la dignidad de la persona humana); (ii)
actuar preventivamente cuando exista probabilidad razonable de una amenaza
derivada de productos o servicios que afecten la salud o la seguridad de los
consumidores (principio de prevención de riesgos); y (iii) suministrar a los
consumidores información clara, veraz y suficiente que les permita hacer
elecciones adecuadas a sus deseos y necesidades (principio de información).
Para acceder a la Resolución, haga clic aquí.
En caso de requerir mayor información, no dude en contactarse con Marcelo
A. den Toom, Martín Torres Girotti, Melisa
Romero, María Victoria Casale y/o Florencia
García Morato.