COVID - 19 - Comercio Interior – Insumos críticos
Comercio Interior – Insumos críticos
Mediante Resolución 420/2020 de la Secretaría de Comercio Interior (SCI) se prorroga, mientras se encuentre vigente el aislamiento social preventivo y obligatorio establecido por el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la vigencia de lo estipulado por:
i)
la Resolución Nº 107/2020 de la SCI (art.
2), que prevé la suspensión de la
exigencia de presentar Declaración Jurada de Composición de Productos a
productos textiles utilizados para fabricar chalecos de blindaje a prueba de
balas y barbijos, batas y prendas de trabajo utilizadas con fines médicos
comprendidos en las siguientes posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común
del Mercosur (N.C.M.): 6210.10.00, 6307.90.10, 6307.90.90 y 6505.00.22. Para
acceder al resumen de la citada norma, ingresar aquí; y
ii) la Resolución Nº149/2020 de la SCI (art. 2), que suspendió la vigencia de las Resoluciones N° 850/1996 y 896/1999, que regulan el etiquetado o rotulado de productos textiles, prendas y calzados, y los equipos, medios y elementos de protección personal, cuando el objeto de la adquisición sean barbijos y tapabocas. Para acceder al resumen de la citada norma, ingresar aquí.
Para acceder a la Resolución
420/2020 nos remitimos al siguiente link.